Paradigmas » Hacia la Declaración Universal de los Derechos de la Naturaleza, Alberto Acosta

Última actualización: 13/01/2011

 

 
Hacia la Declaración Universal de los Derechos de la Naturaleza
Reflexiones para la acción
 
Alberto Acosta
Economista ecuatoriano. Profesor e investigador de la FLACSO. Ministro de Energía y Minas, enero-junio 2007. Presidente de la Asamblea Constituyente y asambleísta octubre 2007-julio 2008. El autor agradece a Eduardo Gudynas, Joan Martínez Alier, José María Tortosa y María Cristina Vallejo por sus valiosos aportes para elaboración de este texto.
Artículo para la revista de AFESE
24 de agosto del 2010
 
 
La Naturaleza tiene mucho que decir, y ya va siendo hora de que nosotros, sus hijos, no sigamos haciéndonos los sordos. Y quizás hasta Dios escuche la llamada que suena desde este país andino –Ecuador-, y agregue el undécimo mandamiento que se le había olvidado en las instrucciones que nos dio desde el monte Sinaí: Amarás a la Naturaleza, de la que formas parte"”.
Eduardo Galeano
(18 de abril del 2008)
 
 
La acumulación material -mecanicista e interminable de bienes-, asumida como progreso, no tiene futuro. Los límites de los estilos de vida sustentados en la visión ideológica del progreso antropocéntrico son cada vez más notables y preocupantes. Si queremos que la capacidad de absorción y resilencia de la tierra no colapse, debemos dejar de ver a los recursos naturales como una condición para el crecimiento económico o como simple objeto de las políticas de desarrollo. Y por cierto debemos aceptar que lo humano se realiza en comunidad, con y en función de otros seres humanos, como parte integrante de la Naturaleza, sin pretender dominarla.
Esto nos conduce a aceptar que la Naturaleza, en tanto construcción social, es decir en tanto término conceptualizado por los seres humanos, debe ser reinterpretada y revisada íntegramente si no queremos poner en riesgo la vida del ser humano en el planeta. Para empezar cualquier reflexión aceptemos que la humanidad no está fuera de la Naturaleza y que ésta tiene límites.
Sin negar los valiosos aportes de la ciencia, debemos reconocer que la voracidad por acumular el capital -el sistema capitalista- forzó a las sociedades humanas a subordinar a la Naturaleza; aunque no se pueden ocultar varios casos pre-capitalistas de colapsos de sociedades enteras por haber descuidado el respeto a la Naturaleza (Diamond 2006). Lo que cuenta es que, de una manera cada vez más global en el capitalismo, con diversas ideologías, ciencias y técnicas se intentó separar brutalmente al ser humano de la Naturaleza. Fue una suerte de tajo al nudo gordiano de la vida. El capitalismo, en tanto
 
“economía-mundo” (Inmanuel Wallerstein)1, transformó a la Naturaleza en una fuente de recursos aparentemente inagotable…
En este contexto, cuando se plantean los Derechos de la Naturaleza, no se trata de renunciar a la necesidad imperiosa de mejorar las condiciones de vida de los seres humanos, sobre todo de aquellos grupos marginados y explotados. Tampoco se plantea cerrar la puerta al amplio y rico legado científico ni mucho menos renunciar a la razón para refugiarnos, en nuestra angustia o perplejidad por la marcha del mundo, en misticismos antiguos o de nuevo cuño, o en irracionalismos políticos.
Aprovechar de las potencialidades que ofrece la Naturaleza, como lo han hecho los humanos desde un inicio, es inevitable.2 La tarea es investigar y dialogar con la Naturaleza, entendiendo siempre que estamos inmersos en ella. Entonces, lo que se requiere es consolidar una nueva forma de interrelación de los seres humanos con la Naturaleza, como parte integral de la misma. Eso implica una comprensión científica de la Naturaleza y al mismo tiempo que una admiración, una reverencia, una identidad con la Naturaleza, muy lejos de sentimientos de posesión y dominación, muy cerca de la curiosidad y del amor.
América Latina, exportadora de Naturaleza
Nuestra Abya Yala, como lo fue Africa y Asia, fue integrada en el mercado mundial como suministradora de recursos primarios desde hace más de 500 años. De esta región salió el oro, la plata y las piedras preciosas que financiarían la expansión del imperio español, pero, sobre todo, el surgimiento del capitalismo en la Europa central. Esta riqueza hizo bascular el centro del sistema mundial de Asia (que tenía su propia crisis interna, en particular la China) a Europa. Y desde entonces estas tierras americanas, sobre todo las del sur, asumieron una posición sumisa en el contexto internacional al especializarse en extraer recursos naturales para el mercado mundial.
El connotado naturalista y geógrafo alemán, Alejandro von Humboldt (1769-1859), apelando a la ciencia, ratificó nuestra misión exportadora de Naturaleza en lo que sería el mundo post-colonial. Durante su visita a esta parte de América nos vio como territorios conminados por el ejercicio de la razón explotadora de la época, a aprovechar cada vez más los recursos naturales existentes. Cuentan que Humboldt -maravillado por la geografía, la flora y la fauna de la región- veía a sus habitantes como si fueran mendigos sentados sobre un saco de oro, refiriéndose a sus inconmensurables riquezas naturales no aprovechadas.
Conseguida la Independencia de España los países de América Latina siguieron exportando recursos naturales, es decir Naturaleza, tal como lo había hecho en la colonia.
El mensaje de Humboldt encontró una interpretación teórica en el renombrado libro de David Ricardo “Principios de Economía Política y Tributación” (1817). Este célebre
economista inglés recomendaba que un país debía especializarse en la producción de aquellos bienes con ventajas comparativas o relativas, y adquirir de otro aquellos bienes en los que tuviese una desventaja comparativa. Según él, Inglaterra, en su ejemplo, debía especializarse en la producción de telas y Portugal en vino… Sobre esta base se construyó el fundamento de la teoría del comercio exterior. 3
Desde entonces, imbricada profundamente con el modelo de acumulación primario-exportador, se consolidó una visión pasiva y sumisa de aceptación de este posicionamiento en la división internacional del trabajo en muchos de nuestros países, ricos en recursos naturales.4 Dicha aceptación se ha mantenido profundamente enraizada en amplios segmentos de estas sociedades, como que se tratara de un ADN insuperable. Para muchos gobernantes, incluso de aquellos considerados como progresistas, les es casi imposible imaginarse una senda de liberación de esta “maldición de la abundancia” de los recursos naturales. (Ver Schuldt 1995; Acosta 2009)
El deseo de dominar la Naturaleza, para transformarla en productos exportables, ha estado presente permanentemente en la región. En los albores de la Independencia, frente al terremoto en Caracas, que ocurrió en 1812, Simón Bolívar pronunció una célebre frase, que marcó la época: “Si la Naturaleza se opone lucharemos contra ella y haremos que nos obedezca”. Más allá de las lecturas patrióticas que ven en ese pronunciamiento la decisión del líder para enfrentar las adversidades, lo que debe quedar claro es que Bolívar actuaba de acuerdo con las demandas de la época. Convencido estaba él, en consonancia con el pensamiento imperante en ese entonces, de que se podía dominar a la Naturaleza.
Lo curioso es que ese espíritu de dominación no ha sido superado a pesar de que ya desde hace muchos años atrás sabemos que es imposible continuar por la actual senda depredadora de la Naturaleza.5 Y por igual la ilusión del extractivismo todopoderoso, plasmado hace más de dos siglos en el mensaje de Humboldt, sigue vigente. 6
La Naturaleza, en suma, sigue siendo asumida como un elemento a ser domado, explotado y por cierto mercantilizado. La Naturaleza, concretamente los recursos naturales, son vistos como los pilares para construir el desarrollo.
Los amenazados límites de la Naturaleza
Frente a esta añeja visión de dominación y explotación, sostenida en el divorcio profundo de la economía y la Naturaleza, causante de crecientes problemas globales, han surgido varias voces de alerta.
Hace ya casi 40 años el mundo enfrentó un mensaje de advertencia. La Naturaleza tiene límites. En 1972, en el Informe del Club de Roma, conocido como “los límites del crecimiento” o el Informe Meadows, el mundo fue confrontado con esa realidad indiscutible. Una realidad escamoteada por la voracidad de las demandas de acumulación del capital, que se sostienen en la firme y dogmática creencia en el poder todo poderoso de la ciencia. El punto es claro, la Naturaleza no es infinita, tiene límites y estos límites están a punto de ser superados. Este informe, que desató diversas lecturas y suposiciones, aunque no trascendió mayormente en la práctica, dejó plantado en el mundo por un lado una señal de alerta, por otro una demanda: no podemos seguir por la misma senda, al tiempo que requerimos análisis y respuestas globales.
Son ya muchos los economistas de prestigio como Nicholas Georgescu-Roegen, Kenneth Boulding, Herman Daly, Roefie Hueting o Joan Martínez Alier que han demostrado las limitaciones del crecimiento económico. Incluso Amartya Sen, Premio Nobel de Economía, economista que no cuestiona el mercado ni el capitalismo, rompió lanzas en contra del crecimiento económico visto como sinónimo de desarrollo.7 En la actualidad se multiplican los reclamos, sobre todo en los países industrializados, por una economía que propicie no sólo el crecimiento estacionario, sino el “decrecimiento”.8
Ahora, cuando los límites de sustentabilidad del mundo están siendo literalmente superados, es indispensable buscar soluciones ambientales vistas como una asignatura universal. Por un lado, los países empobrecidos y estructuralmente excluidos deberán buscar opciones de vida digna y sustentable, que no representen la reedición caricaturizada del estilo de vida occidental. Mientras que, por otro lado, los países “desarrollados” tendrán que resolver los crecientes problemas de inequidad internacional que ellos han provocado y, en especial, tendrán que incorporar criterios de suficiencia en sus sociedades antes que intentar sostener, a costa del resto de la humanidad, la lógica de la eficiencia entendida como la acumulación material permanente. Los países ricos, en definitiva, deben cambiar su estilo de vida que pone en riesgo el equilibrio ecológico mundial, pues desde esta perspectiva son de alguna manera también subdesarrollados o “maldesarrollados” (Tortosa). A la par deben asumir su corresponsabilidad para dar paso a una restauración global de los daños provocados, en otras palabras deben pagar su deuda ecológica.9
La crisis provocada por la superación de los límites de la Naturaleza conlleva necesariamente a cuestionar la institucionalidad y la organización sociopolítica. Tengamos presente que, “en la crisis ecológica no solo se sobrecargan, distorsionan, agotan los recursos del ecosistema, sino también los „sistemas de funcionamiento social, o, dicho de otra manera: se exige demasiado de las formas institucionalizadas de regulación social; la sociedad se convierte en un riesgo ecológico” (Egon Becker 2001). Riesgo que amplifica las tendencias excluyentes y autoritarias, así como las desigualdades e inequidades tan propias del sistema capitalista: “un sistema de valores, un modelo de existencia, una civilización: la civilización de la desigualdad”, tal como lo entendía el economista austríaco Joseph Schumpeter.
Ante estos retos, aflora con fuerza la necesidad de repensar la sustentabilidad en función de la capacidad de carga y resilencia de la Naturaleza. En otras palabras, la tarea radica en el conocimiento de las verdaderas dimensiones de la sustentabilidad, que no pueden subordinarse a demandas antropocéntricas. Esta tarea demanda una nueva ética para organizar la vida misma. Se precisa reconocer que el desarrollo convencional nos conduce por un camino sin salida. Los límites de la Naturaleza, aceleradamente desbordados por los estilos de vida antropocéntricos, particularmente exacerbados por las demandas de acumulación del capital, son cada vez más notables e insostenibles.
La tarea parece simple, pero es en extremo compleja. En lugar de mantener el divorcio entre la Naturaleza y el ser humano, hay que propiciar su reencuentro, algo así como intentar atar el nudo gordiano roto por la fuerza de una concepción de vida depredadora y por cierto intolerable.10 Para lograr esta transformación civilizatoria, una de las tareas iniciales radica en la desmercantilización de la Naturaleza. Los objetivos económicos deben estar subordinados a las leyes de funcionamiento de los sistemas naturales, sin perder de vista el respeto a la dignidad humana procurando asegurar calidad en la vida de las personas.
En concreto la economía debe echar abajo todo el andamiaje teórico que vació “de materialidad la noción de producción y (separó) ya por completo el razonamiento económico del mundo físico, completando así la ruptura epistemológica que supuso desplazar la idea de sistema económico, con su carrusel de producción y crecimiento, al mero campo del valor” (José Manuel Naredo 2009).11
Escribir ese cambio histórico es el mayor reto de la humanidad si es que no se quiere poner en riesgo la existencia misma del ser humano sobre la tierra.
Los Derechos de la Naturaleza o el derecho a la existencia
Las reflexiones anteriores enmarcan en la historia los pasos vanguardistas dados en la Asamblea Constituyente de Montecristi. Ubican con claridad por dónde debería marchar la construcción de una nueva forma de organización de la sociedad, si realmente ésta pretende ser una opción de vida, en tanto respeta y convive dentro de la Naturaleza.
En este empeño, luego de conocer lo que realmente significan y presentan los Derechos de la Naturaleza, hay que configurar una estrategia de acción que empiece por identificar primero los mega-derechos (Derechos Humanos, Derechos de la Naturaleza y del Buen Vivir, especialmente) y luego los meta-derechos (el agua, la soberanía alimentaria, la biodiversidad, la soberanía energética).
En la Constitución ecuatoriana del año 2008, al reconocer los Derechos de la Naturaleza, es decir entender a la Naturaleza como sujeto de derechos, y sumarle el derecho a ser restaurada cuando ha sido destruida, se estableció un hito en la humanidad. Por igual trascendente fue la incorporación del término Pacha Mama, como sinónimo de Naturaleza, en tanto reconocimiento de plurinacionalidad e interculturalidad.
La discusión en el seno de la Asamblea Constituyente en Montecristi fue compleja. Varios asambleístas, inclusive del bloque oficialista, el mayoritario, así como miembros de alto nivel del propio gobierno se opusieron a aceptar los Derechos de la Naturaleza y la tildaron incluso como de una “estupidez”.12 Fuera de la Asamblea, los Derechos de la Naturaleza fueron vistos como un “galimatías conceptual” por los conservadores del derecho, en esencia incapaces de entender los cambios en marcha. A ellos les resulta difícil comprender que el mundo está en movimiento permanente.
A lo largo de la historia legal, cada ampliación de los derechos fue anteriormente impensable. La emancipación de los esclavos o la extensión de los derechos a los afroamericanos, a las mujeres y a los niños y niñas fueron una vez rechazadas por ser consideradas como un absurdo. Se ha requerido que a lo largo de la historia se reconozca “el derecho de tener derechos” y esto se ha conseguido siempre con un esfuerzo político para cambiar aquellas leyes que negaban esos derechos.
La liberación de la Naturaleza de esta condición de sujeto sin derechos o de simple objeto de propiedad, exigió y exige, entonces, un esfuerzo político que le reconozca como sujeto de derechos. Este aspecto es fundamental si aceptamos que todos los seres vivos tiene el mismo valor ontológico, lo que no implica que todos sean idénticos.
Dotarle de Derechos a la Naturaleza significa, entonces, alentar políticamente su paso de objeto a sujeto, como parte de un proceso centenario de ampliación de los sujetos del derecho, como recordaba ya en 1988 Jörg Leimbacher, jurista suizo. Lo central de los Derechos de la Naturaleza, de acuerdo al mismo Leimbacher, es rescatar el “derecho a la existencia” de los propios seres humanos. Este es un punto medular de los Derechos de la Naturaleza. Insistamos hasta el cansancio que el ser humano no puede vivir al margen de la Naturaleza. Por lo tanto, garantizar la sustentabilidad es indispensable para asegurar la vida del ser humano en el planeta. Esta lucha de liberación, en tanto esfuerzo político, empieza por reconocer que el sistema capitalista destruye sus propias condiciones biofísicas de existencia.
La coyuntura política del momento constituyente, la intensidad del debate y el compromiso de un grupo de asambleístas, así como también aportes de varios especialistas en la materia, inclusive el oportuno texto escrito por Eduardo Galeano, en donde destacaba la importancia de la discusión que se llevaba adelante en Montecristi13, permitieron que finalmente se acepte esta iniciativa luego de un arduo trabajo. Por cierto que en este punto habría que relievar todos los aportes y las luchas desde el mundo indígena, en donde la Pacha Mama es parte consustancial de sus vidas.14
Más allá de que la Naturaleza forma parte activa de la cosmovisión indígena, en la que los seres humanos están inmersos en la Naturaleza, la idea de dotarle de derechos a la Naturaleza tiene antecedentes incluso en el mundo occidental. Esta tesis ya fue recogida por Italo Calvino en el siglo XIX, cuando recordaba que el barón Cosimo Piovasco de Rondò, conocido como “el barón de los árboles”, durante la Revolución Francesa propuso un “proyecto de Constitución para un ente estatal republicano con la Declaración de los Derechos Humanos, de los derechos de las mujeres, de los niños, de los animales domésticos y de los animales salvajes, incluyendo pájaros, peces e insectos, así como plantas, sean éstas árboles o legumbres y yerbas”. 15
A pesar de los avances constitucionales anotados, desde la entrada en vigencia de la nueva Constitución ecuatoriana, en octubre del 2008, se ha transitado por un sendero complicado en lo que a la aplicación de sus normas se refiere. Hay varias leyes, patrocinadas por el ejecutivo, que contradicen principios constitucionales en el campo de
los derechos ambientales y los de la Naturaleza especialmente. Por lo tanto, conscientes de que no será fácil cristalizar estas transformaciones en el Ecuador, sabemos que su aprobación será aún mucho más compleja a nivel mundial. Sobre todo en la medida que éstas afectan los privilegios de los círculos de poder nacionales y transnacionales, que harán lo imposible para tratar de detener este proceso de liberación. Es más, desde la vigencia de los Derechos de la Naturaleza es indispensable avizorar una civilización postcapitalista.
Teniendo un marco referencial constitucional transformador como el de Montecristi la tarea radica en enfrentar democráticamente la lucha por la vida, que es lo que está realmente en juego. Y por cierto será necesario desplegar una estrategia internacional para poder potenciar tantos principios de vanguardia que tiene la Constitución ecuatoriana, como podría ser impulsar la Declaración Universal de los Derechos de la Naturaleza.
Antes de plantear algunas reflexiones de cómo los Derechos de la Naturaleza podrían incorporarse en la política internacional del Ecuador, reconociendo de antemano la importancia de una gestión diplomática profundamente renovada y renovadora, dediquemos unas líneas a discutir sobre la relación y las diferencias entre Derechos Humanos y Derechos de la Naturaleza.
Los Derechos Humanos y los Derechos de la Naturaleza
La vigencia de los Derechos de la Naturaleza plantea cambios profundos. Gudynas es claro al respecto, hay que transitar del actual antropocentrismo al biocentrismo. Tránsito que exige un proceso de transición sostenido y plural.16 La tarea, al decir de Roberto Guimaraes, es organizar la sociedad y la economía asegurando la integridad de los procesos naturales, garantizando los flujos de energía y de materiales en la biosfera, sin dejar de preservar la biodiversidad del planeta.
Por lo tanto, esta definición pionera a nivel mundial, de que la Naturaleza es sujeto de derechos, es una respuesta de vanguardia frente a la actual crisis civilizatoria. Y como tal ha asido asumida en amplios segmentos de la comunidad internacional, conscientes de que es imposible continuar con un modelo de sociedad depredadora, basado en la lucha de los humanos contra la Naturaleza. No va más la identificación del bienestar y la riqueza como acumulación de bienes materiales, con las consecuentes expectativas de crecimiento económico y consumo ilimitados. En este sentido es necesario reconocer que los instrumentos disponibles para analizar estos asuntos ya no sirven. Son instrumentos que naturalizan y convierten en inevitable este patrón civilizatorio. Son conocimientos de matriz colonial y eurocéntrica, como acertadamente señala el venezolano Edgardo Lander.
Al reconocer a la Naturaleza como sujeto de derechos, en la búsqueda de ese indispensable equilibrio entre la Naturaleza y las necesidades de los seres humanos, se supera la versión constitucional tradicional de los derechos a un ambiente sano, presentes desde hace tiempo atrás en el constitucionalismo latinoamericano. En sentido estricto, tal como propone Eduardo Gudynas (2009) urge distinguir que los derechos a un ambiente sano son parte de los Derechos Humanos, y que no necesariamente implican Derechos de la
Naturaleza. La finalidad de esta distinción es indicar que las formulaciones clásicas de los Derechos Humanos de tercera generación, es decir de los derechos a un ambiente sano o calidad de vida, en esencia son antropocéntricas, y que deben entenderse separadamente de los Derechos de la Naturaleza.
En los Derechos Humanos el centro está puesto en la persona. Se trata de una visión antropocéntrica. En los derechos políticos y sociales, es decir de primera y segunda generación, el Estado le reconoce a la ciudadanía esos derechos, como parte de una visión individualista e individualizadora de la ciudadanía. En los derechos económicos, culturales y ambientales, conocidos como derechos de tercera generación, se incluye el derecho a que los seres humanos gocen de condiciones sociales equitativas y de un medioambiente sano y no contaminado. Se procura evitar la pobreza y el deterioro ambiental que impacta negativamente en la vida de las personas.
Los derechos de primera generación se enmarcan en la visión clásica de la justicia: imparcialidad ante la ley, garantías ciudadanas, etc. Para cristalizar los derechos económicos y sociales se da paso a la justicia re-distributiva o justicia social, orientada a resolver la pobreza. Los derechos de tercera generación configuran, además, la justicia ambiental, que atiende sobre todo demandas de grupos pobres y marginados en defensa de la calidad de sus condiciones de vida afectada por destrozos ambientales. En estos casos, cuando hay daños ambientales, los seres humanos pueden ser indemnizados, reparados y/o compensados. (Berienstein 2010)
En la Constitución de Montecristi, de los derechos referidos al ambiente, es decir de los Derechos Humanos de tercera generación, se derivan mandatos constitucionales fundamentales. Uno clave tiene que ver con procesos de desmercantilización de la Naturaleza, como han sido la privatización del agua o la introducción de criterios mercantiles para comercializar los servicios ambientales.17 En concreto, “los servicios ambientales no serán susceptibles de apropiación; su producción, prestación, uso y aprovechamiento serán regulados por el Estado”, reza el artículo 74 de la Constitución.
El agua fue declarada en la Asamblea Constituyente de Montecristi como un derecho humano fundamental. El agua, entonces, no puede ser vista como un negocio. Por eso, al inicio del texto constitucional se estableció, en el artículo 12, que “el derecho humano al agua es fundamental e irrenunciable. El agua constituye patrimonio nacional estratégico de uso público, inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida.”
La trascendencia de estas disposiciones constitucionales es múltiple.
- En tanto derecho humano se superó la visión mercantil del agua y se recuperó la del “usuario”, es decir la del ciudadano y de la ciudadana, en lugar del “cliente”, que se refiere solo a quien puede pagar.
- En tanto bien nacional estratégico, se rescató el papel del Estado en el otorgamiento de los servicios de agua; papel en el que el Estado puede ser muy eficiente, tal como se ha demostrado en la práctica.
- En tanto patrimonio se pensó en el largo plazo, es decir en las futuras generaciones, liberando al agua de las presiones cortoplacistas del mercado y la especulación.
- Y en tanto componente de la Naturaleza, se reconoció en la Constitución de Montecristi la importancia de agua como esencial para la vida de todas las especies, que hacia allá apuntan los Derechos de la Naturaleza.
 
Esta constituyó una posición de avanzada a nivel mundial. Dos años después de la incorporación de este mandato constituyente referido al agua, el 28 de julio del 2010, la Asamblea General de Naciones Unidas aprobó la propuesta del gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia declarando “el derecho al agua segura y al saneamiento como un derecho humano”. Este es un derecho “esencial para el goce pleno de la vida y de todos los derechos humanos”, de conformidad con dicha declaración.
La soberanía alimentaria, que incorpora la protección del suelo y el uso adecuado del agua, que representa un ejercicio de protección a los millares de campesinos que viven de su trabajo y por cierto la existencia digna de toda la población, se transformó en otro eje conductor de las normativas constitucionales. Este debería ser el punto de partida de las políticas agrarias e incluso de la recuperación del verdadero patrimonio nacional: su biodiversidad. En la Constitución se plasma incluso la necesidad de conseguir la soberanía energética, sin poner en riesgo la soberanía alimentaria o el equilibrio ecológico.
Por otro lado, en los Derechos de la Naturaleza el centro está puesto en la Naturaleza, que incluye por cierto al ser humano. La Naturaleza vale por sí misma, independientemente de la utilidad o de los usos que le dé el ser humano. Esto es lo que representa una visión biocéntrica. Estos derechos no defienden una Naturaleza intocada, que nos lleve, por ejemplo a dejar de tener cultivos, pesca o ganadería. Estos derechos defienden el mantenimiento de los sistemas de vida, los conjuntos de vida. Su atención se fija en los ecosistemas, en las colectividades, no en los individuos. Se puede comer carne, pescado y granos, por ejemplo, mientras me asegure que quedan ecosistemas funcionando con sus especies nativas.
La representación de estos derechos corresponde a las personas, comunidades, pueblos o nacionalidades. A despecho de los contradictores de esta propuesta vanguardista, la Constitución es categórica al respecto en su artículo 71: “La Naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos. Toda persona, comunidad, pueblo, o nacionalidad podrá exigir a la autoridad pública el cumplimiento de los derechos de la Naturaleza. Para aplicar e interpretar estos derechos se observarán los principios establecidos en la Constitución, en lo que proceda”.
A los Derechos de la Naturaleza, en este caso otorgados por el pueblo ecuatoriano que es el que en definitiva redactó la Constitución a través de sus asambleístas y que la
aprobó con una amplísima mayoría en el referéndum del 28 de septiembre del 2008, se los considera como derechos ecológicos para diferenciarlos de los derechos ambientales de la opción anterior. En la Constitución ecuatoriana -no así en la boliviana- estos derechos aparecen en forma explícita como Derechos de la Naturaleza. Son derechos orientados a proteger ciclos vitales y los diversos procesos evolutivos, no sólo las especies amenazadas y las áreas naturales.
En este campo, la justicia ecológica pretende asegurar la persistencia y sobrevivencia de las especies y sus ecosistemas, como conjuntos, como redes de vida. Esta justicia es independiente de la justicia ambiental. No es de su incumbencia la indemnización a los humanos por el daño ambiental. Se expresa en la restauración de los ecosistemas afectados. En realidad se deben aplicar simultáneamente las dos justicias: la ambiental para las personas, y la ecológica para la Naturaleza.
Siguiendo con las reflexiones de Gudynas, los Derechos de la Naturaleza necesitan y la vez originan otro tipo de definición de ciudadanía, que se construye en lo social pero también en lo ambiental. Ese tipo de ciudadanías son plurales, ya que dependen de las historias y de los ambientes, acogen criterios de justicia ecológica que superan la visión tradicional de justicia. Gudynas denomina a estas ciudadanías como “meta-ciudadanias ecológicas”.
Hacia la Declaración Universal de los Derechos de la Naturaleza
Retomando todo lo analizado anteriormente, reconociendo la necesidad de hacer propuestas innovadoras, como lo ha hecho el gobierno ecuatoriano con la Iniciativa Yasuní-ITT para dejar el crudo en subsuelo18 o con el impuesto Daly-Correa a ser cobrado por cada barril de petróleo que sea explotado a nivel internacional, destacando el logro del gobierno boliviano para que se declare al agua como un derecho humano fundamental, Ecuador, su gobierno, debe plantearse una estrategia coherente que le permita asumir posiciones de liderazgo en la construcción de una sociedad humana equitativa y sustentable.
Esta tarea eminentemente política, que debe insertarse en el manejo de las relaciones internacionales, exige, en primer lugar, conocer qué es lo que se ha hecho ya en este campo. En particular cuáles son los pasos dados para propiciar una Declaración Universal de los Derechos de la Naturaleza.
Estos temas han sido discutidos en diversos espacios aún antes de la aprobación de la Constitución de Montecristi. Sin embargo, esta Constitución, con su declaración que asume a la Naturaleza como sujeto de derechos y abre la puerta para la restauración integral de la Naturaleza afectada por la acción de los seres humanos, impactó positivamente en amplios segmentos de la opinión pública internacional y se convirtió inmediatamente en un hito. Este es definitivamente el paso de mayor trascendencia hasta ahora. Es una propuesta de vanguardia indiscutible.
La toma de conciencia a nivel mundial sobre los problemas ambientales globales tiene historia. Desde la mitad del siglo XX empezaron a parecer varias instancias preocupadas por la tierra: la Unión Mundial para la Conservación de la Naturaleza (UICN), en 1948; la Conferencia para la Conservación y Utilización de los Recursos, en 1949; el Convenio de Ginebra sobre el Derecho del Mar, en 1958; o, el Tratado Antártico en 1959, para citar algunas de las organizaciones más destacadas.
Desde de la conferencia de Estocolmo en 1972 los problemas ambientales son definidos como temas que superan las fronteras de los Estados nacionales. Son ya varias las conferencias mundiales dedicadas al ambiente, como la de Rio de Janeiro en 1991 y la de Johannesburgo en 2001, con indudable influencia en los países y en las mismas relaciones internacionales. Paulatinamente estos problemas ambientales globales han modificado la forma en que se aborda este reto y la visión que tienen los seres humanos sobre la Naturaleza.
Un reclamo formal por acciones globales concertadas fue formulado en 1980. En el “Informe Norte-Sur: Un programa de sobrevivencia”, elaborado por una comisión presidida por ex-canciller alemán Willy Brandt, se estableció que “estamos cada vez más, nos guste o no, frente a problemas que afectan a la humanidad en su conjunto, por lo que las soluciones a estos problemas son inevitablemente internacionales. La globalización de los peligros y los retos demanda políticas internacionales que van más allá de los temas parroquiales o, incluso, nacionales.”
El derecho, las instituciones y las políticas han evolucionado. Desde aquellas ahora lejanas declaraciones a la fecha son muchos los cambios introducidos. También la sociedad civil, con creciente consciencia global, comienza también a desplegar una serie de acciones e iniciativas. Es cada vez más evidente la necesidad de cooperar para proteger la vida del ser humano y la del planeta mismo.
Como recuerda Jörg Leimbacher (2008), en 1989, en Seúl, Corea del Sur, las iglesias evangélicas, pensando en una ampliación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, trabajaron en una propuesta de “Derechos para las futuras generaciones - Derechos de la Naturaleza”. En esa ocasión se propuso un borrador de declaración. Las discusiones continuaron en sucesivos encuentros en Ginebra, en 1990, en Sao Paulo, en 1991, hasta que en Wellington, en 1992, no fue discutido el tema. Sería en el año 1997, en Debrecen, cuando se volvió a plantear la discusión del tema desde la perspectiva de los Derechos de la Naturaleza en el marco de la visión bíblica de la creación.
En la línea de estas discusiones, llevadas a cabo en la sociedad civil, se debe también señalar que ya hay propuestas de declaración de los Derechos de la Naturaleza. Por ejemplo, están la Declaración Universal de los Derechos de la Tierra, impulsada por EnAct International; una organización impulsada por Comac Cullinam, jurista sudafricano, que ha trabajado sobre esta materia y tiene varios estudios al respecto. También hay la propuesta de George Winter, de la Casa del Futuro (Haus der Zukunft) en Alemania.
Retrocediendo un poco en el tiempo, puesto que se está puntualizando algunos esfuerzos desde la sociedad civil, asoma como oportuno reconocer el valioso aporte de
Christopher Stone, considerado por Leimbacher como el “padre de los Derechos de la Naturaleza”, o de Albert Schweizer, por ejemplo.
Todos estos esfuerzos mencionados y muchos otros más han preparado el terreno para caminar en la búsqueda de un reencuentro del ser humano con la Naturaleza, que es de lo que en definitiva se trata. Entonces, si se propone como opción a desplegar la Declaración Universal de los Derechos de la Naturaleza, habría que analizar cuáles serían los medios y los caminos a emplear.
Bolivia, en cuya Constitución no constan los Derechos de la Naturaleza, como dejamos constancia anteriormente, ha asumido un importante liderazgo. A raíz del fracaso de la Cumbre de Copenhague en diciembre del 2009, Evo Morales convocó a la Conferencia Mundial de los Pueblos sobre el Cambio Climático y los Derechos de la Madre Tierra, que se realizó en Cochabamba, en abril del 2010. Allí, a más de promocionar el tema de los Derechos de la Naturaleza, se planteó la creación de un tribunal internacional para sancionar los delitos ambientales.
Más adelante, en julio del mismo año, Bolivia consiguió otro logro sustantivo con la declaración del agua como un derecho humano fundamental en el seno de Naciones Unidas. Esta experiencia puede servir como otro punto de referencia.
De conformidad con los resultados de esta acción diplomática boliviana, para impulsar la Declaración de los Derechos de la Naturaleza se debería dar lugar a la conformación de un bloque de países comprometidos con el tema, que planteen estas luchas en un marco de colaboración y complementación internacional, considerando que este tipo de acciones tomarán tiempo en cristalizarse. Y que, por lo tanto, estas acciones deben contar con una estrategia de largo aliento, que permita ir sumando adeptos para la causa.
Una acción de esta naturaleza exige un esfuerzo sostenido de coordinación y respaldo por parte de la sociedad civil de cada uno de los países involucrados en este empeño, así como también de otros actores de la sociedad civil mundial. No se trata de una acción de los gobiernos simplemente. Por lo tanto, este esfuerzo a nivel diplomático tiene que complementarse con actividades y campañas propuestas e incluso dirigidas desde la sociedad civil. Esta conclusión es fundamental considerando que en no pocas ocasiones los cambios gobierno pueden hacer perder el rumbo trazado inicialmente o inclusive los gobiernos proponentes pueden también perder el interés en los proyectos iniciados.
Si el gobierno boliviano consiguió un logro importante con la declaración del agua como derecho humano fundamental, el Ecuador con mayor razón y sobrados argumentos podría sumarse a liderar este tipo de iniciativas. Esto implica la organización de una unidad especializada en el Ministerio de Relaciones Exteriores del Ecuador que trabaje sistemáticamente para construir un frente común para copatrocinar el tema de los Derechos de la Naturaleza en el seno de Naciones Unidas.19 Igualmente esta unidad deberá coordinar
todas las acciones que realiza el Estado ecuatoriano en el exterior en temas ambientales. No es posible que se sigan manteniendo posiciones diversas e incluso contradictorias como las propiciadas por el Ministerio del Ambiente.
Sin embargo, debe quedar claro que hay que estudiar todas las opciones a seguir en el ámbito internacional, conscientes de que no es posible esperar que una Declaración como la que aquí se propone de resultados inmediatos.
Hay que recordar que los Derechos Humanos no surgieron como conceptos totalmente desarrollados. Desde la Revolución Francesa hasta su Declaración Universal en diciembre del 1948 fueron muchas las luchas acumuladas. Su diseño y aplicación han implicado e implican un esfuerzo sostenido. Y desde entonces cada nuevo derecho implica un sostenido esfuerzo político, en el marco de redoblados esfuerzos diplomáticos. Así, el Derecho Humano a la educación y al trabajo, incorporado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, exigió un prolongado proceso de debate y construcción. Algo similar aconteció con el Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales o con la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
Téngase presente también lo difícil que es la aceptación en la práctica de los Derechos Humanos, asumidos formalmente como un mandato universal ya en el año 1948. Esto, sin embargo, no debe conducir al desaliento. Al contrario es indispensable pensar en dicha estrategia y en el camino diplomático a seguir.
Son muchos las puertas de entrada si se quiere abordar este tema en Naciones Unidas. En donde, a mi juicio, es el campo donde se debe desplegar la mayoría de estos esfuerzos políticos. Esto no obvia, por cierto, apoyar la adopción de los Derechos de la Naturaleza en otros ámbitos o en otros países a través de cambios constitucionales, por ejemplo.
Sin pretender agotar el tema, solo como punto de referencia se podría pensar en actuar en el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas; allí se podría engarzar el respeto de los Derechos Humanos con la necesidad de garantizar un manejo ecológico equilibrado para poder garantizarlos efectivamente. También se podrían considerar otras puertas de entrada en los programas de Naciones Unidas que abordan temas ambientales como el United Nations Enviromment Programme (UNEP) o la Division of Envirommental Law and Conventions, en el marco del mismo UNEP. Por cierto la Asamblea General de Naciones Unidas debe estar en la mira de esta iniciativa diplomática; aquí existen varias comisiones que podrían ser espacios para plantear esta propuesta.
Otro punto a dilucidar es la conveniencia o no de una declaración de los Derechos de la Naturaleza en un texto independiente de los Derechos Humanos. Hay especialistas que recomiendan que los Derechos de la Naturaleza deberían formar parte de los Derechos Humanos. Estas no son cuestiones baladíes. Se requiere una profunda investigación y consultas en diversos ámbitos.
En síntesis, la tarea pendiente es sumamente compleja. Hay que vencer resistencias conservadoras y posiciones prepotentes que esconden una serie de privilegios, al tiempo que se construyen propuestas estratégicas de acción dentro y fuera del país. La estricta vigencia de los Derechos de la Naturaleza exige la existencia de marcos jurídicos internacionales adecuados, teniendo en consideración que los problemas ambientales son cada vez más temas que atañen a la humanidad en su conjunto.
En última instancia reconozcamos que en el Ecuador está en juego el Buen Vivir o sumak kawsay, base del Estado plurinacional e intercultural, relacionado estrechamente con los Derechos de la Naturaleza. Y que estos derechos, imbricados cada vez más con los Derechos Humanos, nos conminan a construir democráticamente sociedades sustentables, a partir de ciudadanías plurales pensadas también desde lo ambiental.
 
Notas
1 El “socialismo realmente existente”, en realidad, formaba parte de dicha economía-mundo. Nunca logró erigirse como una opción alternativa en términos civilizatorios. Probablemente, las raíces del desprecio a la Naturaleza en el Este y el Occidente sean las raíces comunes judeocristianas.
2 El problema asoma cuando no se reconocen los límites biofísicos y no se los respeta confiando, quizás, en que los avances tecnológicos permitirán encontrar respuestas para resolver los problemas que este accionar provoca, inclusive para superar esos límites.
3 Esta tesis, tan mencionada y reconocida por los economistas, no aceptaba o no conocía que se trataba simplemente de la lectura de una imposición imperial. La división del trabajo propuesta por Ricardo se plasmó en el acuerdo de Methuen firmado en Lisboa el 27 de diciembre de 1703 entre Portugal e Inglaterra. En dicho acuerdo, de apenas tres artículos, seguramente el más corto de la historia diplomática europea, se establecía que los portugueses comprarían paños y productos textiles a Inglaterra y, como contrapartida, los británicos concederían trato favorable a los vinos procedentes de Portugal. Esta relación provocaría lo que luego se llamaría “intercambio desigual”. A la larga, exportar materias primas no tiene los efectos multiplicadores que tiene la exportación de manufacturas.
4 Conviene recordar que este posicionamiento no sólo se explica por la disponibilidad de recursos naturales, sino por la imposición de las potencias imperiales. Gran Bretaña, para recordar a la primera nación capitalista industrializada con vocación global, no practicó la libertad comercial que tanto defendía. Es más, con su flota impuso en varios rincones del planeta sus intereses: introdujo a cañonazos el opio a los chinos, a cuenta de la presunta libertad de comercio o bloqueó los mercados de sus extensas colonias para protegerlos con el fin de mantener el monopolio para colocar sus textiles. Históricamente el punto de partida de las economías exitosas se basó en esquemas proteccionistas, muchos de los cuales siguen vigentes de diversas formas hasta ahora. (Ha-Joon Chang 2002)
5 El presidente Rafael Correa, ante los racionamientos de energía eléctrica provocados por un prolongado estiaje, considerándolos como el producto de una adversidad ambiental, declaró públicamente en una de sus alocuciones sabatinas, que “si la Naturaleza con esta sequía se opone a la revolución ciudadana, lucharemos y juntos la venceremos, tengan la seguridad” (7 de noviembre 2009).
6 El mismo presidente ecuatoriano, en su informe a la nación, el 15 de enero del año 2009, para defender la Ley de Minería recurrió a la misma metáfora que Humboldt cuando dijo que “no daremos marcha atrás en la Ley de Minería, porque el desarrollo responsable de la minería es fundamental para el progreso del país. No podemos sentarnos como mendigos en el saco de oro”. En similares términos, ajustados a sus realidades nacionales y a las coyunturas correspondientes, se han expresado otros gobernantes de la región: Alan García o Evo Morales, gobernantes de diversas orientaciones ideológicas por cierto.
7 El afirmó que “las limitaciones reales de la economía tradicional del desarrollo no provinieron de los medios escogidos para alcanzar el crecimiento económico, sino de un reconocimiento insuficiente de que ese proceso no es más que un medio para lograr otros fines. (…) No sólo ocurre que el crecimiento económico es más un medio que un fin; también sucede que para ciertos fines importantes no es un medio muy eficiente". (1985)
8 Aquí podríamos citar los trabajos de Enrique Leff o Serge Latouche, seguidores tardíos de John Stuart Mill, economista inglés, que en 1848 anticipó algunas reflexiones fundacionales de lo que hoy se conoce como una economía estacionaria.
9 No se trata sólo de una deuda climática. Esta deuda, que se originó con la expoliación colonial -la extracción de recursos minerales o la tala masiva de los bosques naturales, por ejemplo-, se proyecta tanto en el “intercambio ecológicamente desigual”, como en la “ocupación gratuita del espacio ambiental” de los países empobrecidos por efecto del estilo de vida depredador de los países industrializados. Aquí cabe incorporar las presiones provocadas sobre el medio ambiente a través de las exportaciones de recursos naturales -normalmente mal pagadas y que tampoco asumen la pérdida de nutrientes y de la biodiversidad, para mencionar otro ejemplo- provenientes de los países subdesarrollados, exacerbadas por los crecientes requerimientos que se derivan del servicio de la deuda externa y de la propuesta aperturista a ultranza. La deuda ecológica crece, también, desde otra vertiente interrelacionada con la anterior, en la medida que los países más ricos han superado largamente sus equilibrios ambientales nacionales, al transferir directa o indirectamente “polución” (residuos o emisiones) a otras regiones sin asumir pago alguno. A todo lo anterior habría que añadir la biopiratería, impulsada por varias corporaciones transnacionales que patentan en sus países de origen una serie de plantas y conocimientos indígenas. Por eso bien podríamos afirmar que no solo hay un intercambio comercial y financieramente desigual, sino que también se registra un intercambio ecológicamente desequilibrado y desequilibrador.
10 Bruno Latour dice que “se trata de volver a atar el nudo gordiano atravesando, tantas veces como haga falta, el corte que separa los conocimientos exactos y el ejercicio del poder, digamos la Naturaleza y la cultura”. El aporte de Latour plantea profundos debates en la antropología sobre la división entre Naturaleza en singular y las culturas en plural. Empalmando las dos, la política cobra una renovada actualidad.
11 No nos olvidemos que “las así llamadas leyes económicas no son leyes eternas de la Naturaleza, sino leyes históricas que aparecen y desaparecen” (Friedrich Engels en carta a Albert Lange, 29 de marzo de 1865).
12 Alexis Mera, secretario jurídico de la Presidencia, en comunicación electrónica enviada al autor de estas líneas, el 10 de julio del 2008, en pleno debate constituyente, decía que “Esto no es un problema ideológico, sino técnico. Estoy de acuerdo con todas las protecciones a la naturaleza posible. Inclusive, he llegado a la conclusión personal que no se debe explotar el ITT. El régimen de sujetos del derecho existe en el planeta desde hace 2.500 años, aproximadamente. (…) La diferencia consiste en que el Derecho se dirige a regular las relaciones humanas, como centro del desarrollo social que debe darse, a no dudarlo, en armonía con la naturaleza. Por eso, sólo las personas pueden adquirir derechos y contraer obligaciones. Si la naturaleza es sujeto de derecho, significa que debe ser representada por alguien, lo cual es estúpido y, además, ese alguien podría oponerse a la acción del hombre. Esto no sólo se aplica a la biodiversidad, sino inclusive a las moscas y cucarachas, que deberán ser representadas. ¿Por quién? I las bacterias, los virus? Correspondería que demandemos a la OMS por erradicar la viruela, ya que el virus es parte de la naturaleza también y hemos extinguido esa "valiosa" especie.”
13 La lectura del texto de Galeano en el pleno de la Asamblea logró consolidar una posición que no parecía prometedora al inicio del proceso constituyente.
14 A más de tradición transcultural que considera a la tierra como la Madre, es decir como la Pacha Mama, hay otras razones científicas que consideran a la tierra como un superorganismo vivo (Gaia), extremadamente complejo, que requiere de cuidados y debe ser fortalecido. Incluso hay razones cosmológicas que asumen a la tierra y a la vida como momentos del vasto proceso de evolución del universo. Igualmente se resalta el carácter de inter-retro-conexiones transversal entre todos los seres: todo tiene que ver con todo, en todos los puntos y en todas las circunstancias. (Boff 2010)
15 Ver el libro de Jörg Leimbacher; Die Rechte del Natur (Los Derechos de la Naturaleza), Basilea y Frankfurt am Main, 1988. Traducción del alemán realizada por el autor de este artículo. Hay que anotar que éste y otros textos sobre esta materia llegaron a manos del autor de estas líneas como consecuencia de la expedición de la Constitución de Montecristi. Es más, con varios especialistas en temas constitucionales, con capacidad para abrir la mente y entender la trascendencia de estas propuestas, se está trabajando en lo que, en un futuro no muy lejano, podría ser la Declaración Universal de los Derechos de la Naturaleza.
16 Este será un proceso de transición, político en esencia, que nos conmina a incorporar permanentemente la cuestión del poder.
17 Sin embargo, no se puede excluir el uso de valores económicos como un tipo de valoración humana, que un momento determinado pueden ser de utilidad sobre todo para diseñar y concretar políticas dentro de los procesos de transición del antropocentrismo al biocentrismo.
18 Sobre este tema se puede consultar el amplio aporte de Martínez y Acosta (2010).
19 La iniciativa boliviana se viabilizó a la conformación de un importante grupo de Estados copatrocinadores: Angola, Antigua y Barbuda, Arabia Saudita, Azerbaijan, Bahrein, Bangladesh, Benin, Eritrea, el Estado Plurinational de Bolivia, Burundi, Congo, Cuba, Dominica, Ecuador, El Salvador, Fiji, Georgia, Guinea, Haití, Islas Salomón, Madagascar, Maldivas, Mauricio, Nicaragua, Nigeria, Paraguay, República Centroafricana, República Dominicana, Samoa, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Serbia, Seychelles, Sri Lanka, Tuvalu, Uruguay, Vanuatu, la República Bolivariana de Venezuela, y Yemen.
 
 
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